PREVENT

VIDEOVIGILANCIA / PREGUNTAS FRECUENTES

¿Quién puede realizar una instalación de Videovigilancia?

Tanto la Ley 23/92, de 30 de Julio, de Seguridad Privada, en su artículo 5, como el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, en su articulo 1, atribuye exclusivamente a las empresas de seguridad “la instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad”.

De conformidad con el artículo 22.1 a) de la Ley de Seguridad Privada, en relación con el artículo 148.1 a) del Reglamento que la desarrolla, constituye infracción muy grave “la prestación de servicios de seguridad a terceros, careciendo de la autorización necesaria”.

Información de la Dirección General de Policía al respecto (PDF).

 

::: Volver a PREGUNTAS FRECUENTES :::

SOLICITUD DE INFORMACIÓN

Enviar Borrar

Comunidades de Propietarios

 

 

Aviso Legal   |   Protección de Datos   |   DGP.3182 - © Copyright PREVENT S.L. Todos los derechos reservados.

Inicio   |   Productos   |   Servicios   |   Compañia   |   Descargas   |   Sala de Prensa   |   Mapa Web

Hogar/Negocio   |   Empresas   |   Administradores de Fincas   |   Comunidades de Propietarios   |   Promotores y Constructores