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VIDEOVIGILANCIA / PREGUNTAS FRECUENTES

¿Es necesario informar sobre el lugar en el que se hallan ubicadas las cámaras?.

Se establece en el artículo 3 de la Instrucción 1/2006, antes trascrito, que debe colocarse al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados que informe de la existencia de las cámaras. Debiendo ser la legislación específica en materia de cámaras la que determine si es necesario identificar la ubicación de las mismas.

 

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